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Gabinete de Psicología Celia Domínguez

BECAS PARA ALUMN@S CON NECESIDADES ESPECIFICAS DE APOYO EDUCATIVO
5 de Septiembre de 2017

DESDE EL GABINETE GESTIONAMOS LA TRAMITACION GRATUITA DE LAS BECAS PARA ALUMN@S CON NECESIDADES ESPECIFICAS DE APOYO EDUCATIVO

 

Hasta el 28 de septiembre de 2017 está abierto el plazo para solicitar la beca dirigida al alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo.

Esta beca es una alternativa a la beca general del Ministerio de Educación (MEC) que puede solicitarla, únicamente, aquel alumnado que presente ciertas necesidades de apoyo educativo y con un nivel bajo de renta. Esta beca es INCOMPATIBLE con la beca general, por lo que habrá que valorar las circunstancias de cada caso y solicitar la más adecuada.

 

Toda la información en el siguiente enlace: https://www.mecd.gob.es/servicios-al-ciudadano-mecd/catalogo/educacion/estudiantes/becas-ayudas/para-estudiar/infantil/necesidad-especifica-apoyo-educativo.html#dc

 

¿QUÉ TIPOS DE AYUDA SE CONVOCAN?

  1. Ayudas directas al alumnado que requiera  determinados apoyos y atenciones educativas específicas derivadas dediscapacidad o trastornos graves de conducta (incluidos TDAH).
  2. Subsidios por necesidades educativas especiales derivadas de discapacidad o trastorno grave de conducta para familias numerosas.
  3. Ayudas para programas complementarios a la educación reglada para alumnado con necesidad específica de apoyo educativo asociado a altas capacidades intelectuales.

Para reeducación pedagógica, reeducación del lenguaje y programa específico para alumnos de altas capacidades

 

¿QUIÉN PUEDE SOLICITAR LA BECA? REQUISITOS

El MEC diferencia dos tipos de colectivos: discapacidad o trastornos graves de conducta, y altas capacidades.

A) Alumnos con discapacidad o trastornos grave de conducta. Los REQUISITOS son:

  • Estar cursando algunos de los siguientes niveles educativos:
    • Educación Primaria
    • Educación Secundaria Obligatoria
    • Bachillerato
    • Ciclos formativos de grado medio y superior
    • Enseñanzas artísticas profesionales
    • Formación Profesional Básica
    • Programas de formación para la transición a la vida adulta
  • Estar escolarizado en un centro público o concertado.
  • Tener más de dos años de edad (a 31 de diciembre de 2017).
  • CERTIFICADO de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica (EOEP) o departamento de orientación dependiente de la Administración. Estos órganos van a necesitar:
    • Un certificado de DISCAPACIDAD, emitido por el Órgano correspondiente de la comunidad, para los alumnos con discapacidad.
    • Un diagnóstico de los servicios sanitarios públicos, en el caso de los  alumnos con trastornos graves de conducta.

Para solicitar el subsidio, además de estos requisitos se requiere ser miembro de familia numerosa

B) Alumnado con ALTAS CAPACIDADES INTELECTUALES. Los REQUISITOS son:

  1. CERTIFICADO de un equipo de orientación educativa y psicopedagógica o departamento de orientación dependiente de la Administración que acredite tales circunstancias.
  2. Tener cumplidos seis años al finalizar este año 2017.
  3. Estar cursando algunos de los niveles siguientes:

a) Educación Primaria.

b) Educación Secundaria Obligatoria.

c) Bachillerato.

d) Ciclos formativos de grado medio y superior.

e) Enseñanzas artísticas profesionales.

C) REQUISITOS ECONÓMICOS EN AMBOS CASOS (Discapacidad o trastorno de conducta, y altas capacidades).

Además de los requisitos académicos que hemos visto, también debe cumplir los requisitos económicos establecidos en la Convocatoria y estar por debajo de los umbrales máximos, tanto de renta como de patrimonio.

¿CUÁL ES LA DOTACIÓN DE LAS AYUDAS?

La aportación económica de las becas están en función de las características del alumnado y del tipo de ayuda que se solicite.

- Enseñanza: hasta 862,00 euros.

- Transporte interurbano: hasta 617,00 euros.

- Comedor escolar: hasta 574,00 euros.

- Residencia escolar: hasta 1.795,00 euros.

- Transporte para traslado de fin de semana de alumnos internos en centros de educación especial: hasta 442,00 euros.

- Transporte urbano: hasta 308,00 euros.

- Libros y material didáctico:

Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria, Formación Profesional Básica y Formación para la transición a la vida adulta: hasta 105,00 euros.

Resto de niveles de la enseñanza post-obligatoria: hasta 204,00 euros.

Reeducación pedagógica o del lenguaje: hasta 913,00 euros para cada una de ellas.

 

Para la solicitud de esta última se requerirá:

 

    • Informe específico del EOEP o Dpto. de Orientación donde se detalle la asistencia educativa que se considere necesaria para su corrección, la duración previsible de la asistencia y las condiciones que garanticen su prestación.
    • Certificación expedida por el inspector de la zona que acredite:
  1. La necesidad de recibir el tratamiento porque en el centro escolarizado no existe o es insuficiente la ayuda pedagógica.
  2. Es inviable la matriculación del alumno en un centro donde existe ese servicio.
  • Memoria expedida por el centro o reeducador que preste el servicio en la que conste información detallada de las características del servicio, incluyendo número de horas semanales y especialista que lo presta así como delcoste mensual (máx. 10 meses).
  • Declaración responsable de la persona que imparta la reeducación pedagógica o del lenguaje de que reúne los requisitos de formación exigidos.
  •  

    ¿CÓMO SE SOLICITA LA BECA Y CUÁLES SON LOS PLAZOS?

    La solicitud de la ayuda se realiza a través de Internet en la página web del Ministerio de Educación.

    Si dispone de certificado electrónico, podrá completar el proceso por la página web aportando la documentación (escaneada) en formato pdf.

    Si no dispone de certificado electrónico, deberá imprimir la solicitud rellenada, firmarla y presentarla en la Secretaría del centro educativo donde el alumno esté matriculado este curso.

    El plazo para rellenar la solicitud de la beca finaliza el 28 de septiembre de  2017.

     

     IMPORTANTE:

    La beca debe destinarse para la finalidad para la que fue concedida. Si no es así, deberá DEVOLVERSE a la administración.

    Esto ocurrirá si se dan alguna de estas situaciones:

    a) Haber causado baja en el centro sin causa justificada, antes de final del curso 2017-2018.

    b) No haber asistido a un 50% o o más de las horas lectivas, salvo dispensa de escolarización.

    c) No haber abonado servicios prestados para cuya financiación se hubiera concedido la ayuda.

     

    Enlaces de interés:

          BECAS PARA ALUMN@S CON NECESIDADES ESPECIFICAS DE APOYO EDUCATIVO
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